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Ley 24262 - MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

DECLARASE LUGAR HISTORICO NACIONAL A LOS ACENTAMIENTOS DE MENHIRES EN AREAS ARQUEOLOGICAS DEL VALLE DEL TAFI EN LA PROVINCIA DEL TUCUMAN. PROMULGADA DE HECHO EL 15/11/93.

Acentamientos de menhiresLey

MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Ley N° 24.262

Declárase lugar histórico nacional a los asentamientos de "menhires" en áreas arqueológicas del valle de Tafí en la Provincia de Tucumán.

Sancionada: Octubre 13 de 1993.

Promulgada de Hecho: Noviembre 15 de 1993.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Declarar lugar histórico nacional los asentamientos de "menhires" en las áreas arqueológicas de: El Mollar, el Potrerillo, Rodeo Grande y Tafí del Valle, ubicados en el valle de Tafí, provincia de Tucumán.

ARTICULO 2° — Declarar que cada menhir forma parte del patrimonio cultural del Estado Nacional.

ARTICULO 3° — La Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos instrumentará, de conformidad a la Ley 12.665, lo dispuesto en el artículo 1°.

ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional — ALBERTO R. PIERRI. — EDUARDO MENEM. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.

 

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