Ley 23508 - CONMEMORACIONES
DISPONESE LA ERECCION DE UN MONUMENTO A DON NARCISO DE LAPRIDA, AL CONMEMORARSE EL BICENTENARIO DE SU NACIMIENTO.
Monumento a narciso lapridaLey
CONMEMORACIONES
LEY Nº 23.508
Dispónese la erección de un monumento a Francisco Narciso de Laprida.
Sancionada: Mayo 13 de 1987.
Promulgada de Hecho: Junio 6 de 1987.
ARTICULO 1º — Por conmemorarse el día 27 de octubre de 1986 el bicentenario del nacimiento de don Francisco Narciso de Laprida, el Poder Ejecutivo dispondrá la erección de un monumento alusivo en una de las plazas públicas de la ciudad de Buenos Aires.
ARTICULO 2º — Los gastos que demande la presente ley serán imputados a Rentas Generales.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los trece días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y siete.
LEY Nº 23.508
Dispónese la erección de un monumento a Francisco Narciso de Laprida.
Sancionada: Mayo 13 de 1987.
Promulgada de Hecho: Junio 6 de 1987.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina Reunidos en Congreso, etc., Sancionan con Fuerza de
Ley:
Ley:
ARTICULO 1º — Por conmemorarse el día 27 de octubre de 1986 el bicentenario del nacimiento de don Francisco Narciso de Laprida, el Poder Ejecutivo dispondrá la erección de un monumento alusivo en una de las plazas públicas de la ciudad de Buenos Aires.
ARTICULO 2º — Los gastos que demande la presente ley serán imputados a Rentas Generales.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los trece días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y siete.
J. C. PUGLIESE | V. H. MARTINEZ |
Carlos A. Bravo | Antonio J. Macris |
— Registrada bajo el Nº 23.508 —