Ley nacionalProvincias patagonicas2025
Ley 23.195
Exenciones tributarias
SE PRORROGA LAS EXENCIONES TRIBUTARIAS PREVISTAS EN LA LEY 22465 PARA LAS MISMAS POR EL CUARTO EJERCICIO FISCAL.
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REGIMEN DE FRAQUICIAS TRIBUTARIAS
Ley Nº 23.195
Prorrógase la vigencia de los artículos 5° y 6° de la Ley de Facto número 22.465.
Sancionada: Junio 19 de 1985.
Promulgada: Julio 12 de 1985.
ARTICULO 1º — Prorrógase por el cuarto ejercicio fiscal, con un porcentaje de liberación del 50 %, la vigencia de los artículos 5º y 6º de la disposición de facto denominada Ley Nº 22.465.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y cinco.
— Registrada bajo el Nº 23.195 —
Ley Nº 23.195
Prorrógase la vigencia de los artículos 5° y 6° de la Ley de Facto número 22.465.
Sancionada: Junio 19 de 1985.
Promulgada: Julio 12 de 1985.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina Reunidos en Congreso, etc., Sancionan con Fuerza de
LEY:
LEY:
ARTICULO 1º — Prorrógase por el cuarto ejercicio fiscal, con un porcentaje de liberación del 50 %, la vigencia de los artículos 5º y 6º de la disposición de facto denominada Ley Nº 22.465.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los diecinueve días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y cinco.
| J. C. PUGLIESE |
V. H. MARTINEZ. |
| Carlos A. Bravo |
Antonio J. Macris. |
— Registrada bajo el Nº 23.195 —
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