Ley 23175 - TRANSFERENCIAS
TRANSFERENCIA A TITULO GRATUITO A LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO, EN LA PROVINCIA DE SANTA FE, DE UN INMUEBLE Y MUEBLES DE LA DIRECCION DE CATASTRO DE ESA CIUDAD.
Transferencia de inmueble a municipio de rosarioLey
TRANSFERENCIAS
LEY N° 23.175
Transfiérese a la Municipalidad de la Ciudad de Rosario la posesión, derechos y acciones de un inmueble y de muelles situados en el citado Municipio para que se los afecte a la realización del Complejo Cultural Parque España.
Sancionada: Abril 11 de 1985
Promulgada: Abril 17 de 1985
ARTICULO 1° — Desaféctanse del servicio público al cual están destinados por la Administración General de Puertos, Empresa del Estado, el inmueble y los muelles del Estado Nacional situados en el municipio de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, identificados en el plano registrado en la Dirección de Catastro Rosario, del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia de Santa Fe, el 27 de febrero de 1985, bajo el N° DUPL, 1845 - Rosario, cuya copia forma parte de la presente como Anexo I, en la siguiente forma: Fracción 1, terreno con una superficie de siete mil cuatrocientos cincuenta y cinco metros cuadrados con treinta y seis decímetros cuadrados (7.455,36 m2); Fracción 2, muelle de madera con una superficie de ocho mil doscientos cuarenta y seis metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (8.246,50 m2) y Fracción 3, muelle de hormigón con una superficie de tres mil cuarenta y siete metros cuadrados con cuarenta y seis decímetros cuadrados (3.047,46 m2).
ARTICULO 2° — El Estado Nacional transfiere, a título gratuito, a la Municipalidad de la Ciudad de Rosario. Provincia de Santa Fe, la posesión, derechos y acciones del terreno y de los muelles referido en el artículo anterior, para que se los afecte a la realización del Complejo Cultural Parque España.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los once días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y cinco.
Nota: Esta Ley se publica sin Anexo.
—Registrada bajo el N° 23.175—
LEY N° 23.175
Transfiérese a la Municipalidad de la Ciudad de Rosario la posesión, derechos y acciones de un inmueble y de muelles situados en el citado Municipio para que se los afecte a la realización del Complejo Cultural Parque España.
Sancionada: Abril 11 de 1985
Promulgada: Abril 17 de 1985
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
ARTICULO 1° — Desaféctanse del servicio público al cual están destinados por la Administración General de Puertos, Empresa del Estado, el inmueble y los muelles del Estado Nacional situados en el municipio de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, identificados en el plano registrado en la Dirección de Catastro Rosario, del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas de la Provincia de Santa Fe, el 27 de febrero de 1985, bajo el N° DUPL, 1845 - Rosario, cuya copia forma parte de la presente como Anexo I, en la siguiente forma: Fracción 1, terreno con una superficie de siete mil cuatrocientos cincuenta y cinco metros cuadrados con treinta y seis decímetros cuadrados (7.455,36 m2); Fracción 2, muelle de madera con una superficie de ocho mil doscientos cuarenta y seis metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (8.246,50 m2) y Fracción 3, muelle de hormigón con una superficie de tres mil cuarenta y siete metros cuadrados con cuarenta y seis decímetros cuadrados (3.047,46 m2).
ARTICULO 2° — El Estado Nacional transfiere, a título gratuito, a la Municipalidad de la Ciudad de Rosario. Provincia de Santa Fe, la posesión, derechos y acciones del terreno y de los muelles referido en el artículo anterior, para que se los afecte a la realización del Complejo Cultural Parque España.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los once días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y cinco.
Nota: Esta Ley se publica sin Anexo.
JUAN C. PUGLIESE. |
EDISON OTERO. |
Carlos A. Bravo. |
Antonio J. Macris. |
—Registrada bajo el N° 23.175—