JurisprudenciaARG
Ley nacionalMunicipalidad de la ciudad de buenos aires · autorizase2025

Ley 22.824

Monumentos conmemorativos

AUTORIZASE A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES A EMPLAZAR UN MONUMENTO A D. SANTIAGO DE LINIERS Y BREMOND EN LA PLAZOLETA SAN NICOLÁS.

Fecha
07/06/1983

Texto completo

Mostrar u ocultar el texto
MONUMENTOS CONMEMORATIVOS

Ley Nº 22.824

Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a emplazar un monumento a D. Santiago de Liniers y Bremond en la plazoleta "San Nicolás".

Buenos Aires, 1º de junio de 1983.

EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º - Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a emplazar un monumento a D. Santiago de Liniers y Bremond en la plazoleta "San Nicolás", ubicada en la Avenida Corrientes casi esquina Reconquista.

ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

BIGNONE

Llamil Reston

Base de datos pública de leyes y decretos argentinos. No se garantiza la exactitud de la información: consultá la fuente oficial por versiones actualizadas.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Más de 700.000 fallos de tribunales argentinos, con buscador por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.