Ley 22412 - SERVICIO EXTERIOR
AUTORIZASE A UN FUNCIONARIO A REVISTAR EN DISPONIBILIDAD EN EL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION.
FuncionarioLey
SERVICIO EXTERIOR
LEY N° 22.412
Autorízase a un funcionario a revistar en disponibilidad en el Servicio Exterior de la Nación.
Buenos Aires, 27 de febrero de 1981.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
Artículo 1° — El señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Washington Alejandro José Luis Orfila, a partir del 18 de julio de 1980 revistará en situación de disponibilidad en el Servicio Exterior de la Nación, mientras desempeñe funciones en la Organización de los Estados Americanos.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LEY N° 22.412
Autorízase a un funcionario a revistar en disponibilidad en el Servicio Exterior de la Nación.
Buenos Aires, 27 de febrero de 1981.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
Artículo 1° — El señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Washington Alejandro José Luis Orfila, a partir del 18 de julio de 1980 revistará en situación de disponibilidad en el Servicio Exterior de la Nación, mientras desempeñe funciones en la Organización de los Estados Americanos.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA.
Carlos W. Pastor.
Carlos W. Pastor.