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Ley 22363 - EXPROPIACIONES

DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION UNA FRACCION DE TERRENO.

Fraccion de terrenoLey
EXPROPIACIONES

LEY N° 22.363

Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno.

Buenos Aires, 31 de diciembre de 1980.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1° — Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación con destino a la construcción de una escuela pública para la enseñanza pre-primaria y primaria de la Capital Federal, una fracción de terreno de 60,92 m2, identificada como apéndice de la Parcela 7-a. - Sección 36 - Manzana 5 - Circunscripción 6°, con frente sobre Avda. La Plata 1040/58, entre Avda. San Juan y Cochabamba.

Art. 2° — Facúltase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a realizar las gestiones tendientes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° de la presente Ley.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

Albano E. Harguindeguy.

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