Ley 22302 - JUSTICIA
CREANSE CUATRO CARGOS PARA LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL DE LA CAPITAL FEDERAL
Creacion de cargosLey
JUSTICIA
LEY N° 22.302
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal. Creación de cuatro cargos.
Buenos Aires, 10 de Octubre de 1980.
En uso de las atribuciones de las conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional.
ARTICULO 1º.- Créanse cuatro (4) cargos de Jefe de Despacho de 1ra. para la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal.
ARTICULO 2º.- La disposición contenida en el artículo anterior se hará efectiva una vez que el Poder Ejecutivo Nacional haya incorporado los créditos necesarios a la jurisdicción -05- Poder Judicial de la Nación.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA
José A. Martínez de Hoz
Alberto Rodríguez Varela
LEY N° 22.302
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal. Creación de cuatro cargos.
Buenos Aires, 10 de Octubre de 1980.
En uso de las atribuciones de las conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
ARTICULO 1º.- Créanse cuatro (4) cargos de Jefe de Despacho de 1ra. para la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal.
ARTICULO 2º.- La disposición contenida en el artículo anterior se hará efectiva una vez que el Poder Ejecutivo Nacional haya incorporado los créditos necesarios a la jurisdicción -05- Poder Judicial de la Nación.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA
José A. Martínez de Hoz
Alberto Rodríguez Varela