Ley 20438 - HIDROCARBUROS
PRORROGASE HASTA EL 31 DE JULIO DE 1973 EL PLAZO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 11° DE LA LEY N° 19.334.
Petroquimica rio tercero s.a. - prorrogase plazo ley 19.334Ley
PETROQUIMICA
Ley N° 20.438
Petroquímica Río Tercero S.A.
Se prorroga el plazo establecido enla
Ley 19.334
Bs. As., 23/05/73
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Estatuto de la revolución Argentina,
la Ley N °
19.334.
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése ala Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese.
Ley N° 20.438
Petroquímica Río Tercero S.A.
Se prorroga el plazo establecido en
Bs. As., 23/05/73
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 5° del Estatuto de la revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY :
Art.
1º - Prorrógase hasta el 31 de julio de 1973 el plazo establecido por el
Artículo 11° de LEY
Art. 2º - Comuníquese, publíquese, dése a
LANUSSE.
Eduardo E. Aguirre Obarrio
Eduardo E. Aguirre Obarrio