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Ley 19733 - DERECHO CONSTITUCIONAL

OBJETO CUMPLIDO-CESE DE INTERVENCION DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA

Intervencion federalLey

PROVINCIAS

La Rioja

Cese de la Intervención. - Desígnase gobernador.

Buenos Aires, 18 de julio de 1972.

Excelentísimo Señor Presidente de la Nación:

Tengo el honor de someter a consideración de V. E. un proyecto de ley por el que se da por terminada la Intervención Federal al Poder Ejecutivo de la Provincia de La Rioja, dispuesta por Ley 19.519.

Dios guarde a Vuestra Excelencia,

Arturo Mor Roig.

LEY Nº 19.733

Bs. As., 18/7/72.

En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN

ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA

CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º - Dase por terminada la Intervención Federal al Poder Ejecutivo de la Provincia de La Rioja, dispuesta por Ley 19.519.

Art. 2º - Danse las gracias al señor Interventor Comodoro (R. E.) Dn. Julio Raúl Luchessi.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE.

Arturo Mor Roig.

DECRETO

N° 4.583

Bs. As., 18/7/72.

Visto la Ley 19.733, por la que se dio por terminada la Interveción Federal al Poder Ejecutivo de la Provincia de La Rioja,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°- Desígnase Gobernador de la provincia de La Rioja al señor Comodoro (R. E.)Dn. Julio Raúl Luchessi.

Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE.

Arturo Mor Roig.

Carlos A. Rey.

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