Ley 18205 - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
AMBITO TEMPORAL CUMPLIDO. MODIFICA LEY 18031 (BO 1703 1969) DE PRESUPUESTO
JUNTA NACIONAL DEL ALGODÓN
Increméntase el presupuesto
Buenos Aires, 12 de mayo de 1969.
Excelentísimo Señor Presidente de la Nación:
Tengo el honor de dirigirme al Primer Magistrado, a fin de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley, por el cual se autoriza a incrementar el presupuesto de la Junta Nacional del Algodón, oportunamente aprobado para el presente ejercicio por las Ley Nº 18.031, para ser destinado a la atención de las mayores erogaciones emergentes del incremento que viene operándose en el desmote oficial.
Las mejoras introducidas en la asistencia al productor algodonero así como también en el proceso de comercialización, unido a las condiciones favorables del mercado, han estimulado una mayor producción de algodón en la presente campaña agrícola y, simultáneamente una creciente utilización de las desmotadoras oficiales de la zona algodonera, superándose en el primer mes de zafra el volumen operado durante toda la campaña pasada.
Este presupuesto se hace imprescindible en tal circunstancia por cuanto deberá proveerse de una mayor cantidad de elementos para ese proceso –bolsas, flejes, cuberturas, combustibles, etc.- y asimismo atender los incrementos operados en los rubros de retribuciones del personal obrero y asignaciones familiares, conforme las Leyes Nros. 18.016 y 18.017, respectivamente.
Asimismo, se operarán mayores ingresos por cuanto a mayor desmote se incrementa la recaudación arancelaria emergente de las tasas vigentes para la prestación de ese servicio y los consecuentes de clasificación, almacenaje, etc.
En mérito a lo expuesto, se eleva a consideración del Primer Magistrado el adjunto proyecto de Ley, cuya sanción y promulgación permitirá a la Junta Nacional del Algodón realizar una positiva campaña para beneficio de las economías regionales.
Dios guarde a Vuestra Excelencia.
Adalbert Krieger Vasena.
Rafael García Mata.
Carlos A. Carrera.
LEY Nº 18.205
Buenos Aires, 12 de mayo de 1969.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA,
SANCIONA Y PROMULGA
CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º - Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1969 sancionado por la Ley Nº 18.031, conforme al detalle de la planilla anexa y al resumen que a continuación se menciona:
En millones de m$n.
FINALIDAD Erogaciones Erogaciones
FUNCION Total Corrientes de Capital
6- Desarrollo de la Economía………… +14,0 +14,0 --------
05 Agricultura, ganadería y re
cursos naturales no minerales + 14,0 +14,0 --------
Total + 14,0 +14,0 --------
Artículo 2º- Modifícase el cálculo de recursos afectado a la financiación del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1969 – Organismo Descentralizado Nº 84- Junta Nacional del Algodón, aprobado por la Ley Nº 18.031, conforme al detalle de planilla anexa y al siguiente resumen:
CONCEPTO En millones de m$n.
Recursos específicos de Organismos Descentralizados +6,4
Probable remanente -- 7,6
Artículo 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Onganía.
Adalbert Krieger Vasena
Planilla anexa al artículo 1º
EROGACIONES CORRIENTES
Organismos Descentralizados
(en millones de m$n.)
SECCION:0
CARÁCTER: 2
finalidad sector 1- operación sector 3- transferencia
funcion inciso 12
jurisdiccion Total inciso 11 bienes y servicios inciso 31 inciso 32
(2 al 5) personal no personales al sector al sector
Público privado
organismo
descentralizado 1 2 3 4 5
6- Desarrollo de
la Economía………+14,0 + 8,0 +6,0 ------ ------
05 Agricultura,
ganadería y recur
sos naturales no
minerales + 14,0 + 8,0 +6,0 ----- ------
31-Secretaría de
Estado de Agricul-
tura y Ganadería +14,0 +8,0 +6,0 ----- -------
084- Junta Nacio-
nal de Algodón +14,0 +8,0 +6,0 ----- -------
Total + 14,0 +8,0 +6,0 ------ -------