PALUMBO, ROBERTO GUILLERMO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES el recálculo del haber inicial conforme la jurisprudencia de la CSJN.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES el recálculo del haber inicial conforme la jurisprudencia de la CSJN, y declaró la inconstitucionalidad de resoluciones que establecían el uso del índice RIPTE.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la actualización del haber inicial, correspondía aplicar el índice ISBIC hasta febrero 2009 y luego los índices de la ley 26.417.
- La determinación del índice de actualización es facultad exclusiva del Congreso, por lo que se declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones que establecían el uso del índice RIPTE.
- En cuanto a los aportes autónomos, correspondía calcular el haber conforme la doctrina de los precedentes "Elliff" y "Makler".
- Se difirió para la etapa de liquidación el análisis de la posible inconstitucionalidad de los topes, de acuerdo a la doctrina de la CSJN.
- Se confirmó la imposición de costas a la demandada vencida, de conformidad con la ley 27.423.
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