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EDIFICACIONES URBANAS SRL c/ EDESUR SA-RESOL 445/01 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Demanda por reintegro de gastos de construcción de cámara de electroducto. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia que había tenido a la actora por desistida de la acción y ordenó que se tenga por subsanada la falta de personería.

Verdad juridica objetiva Falta de personeria Subsanacion Revocacion de sentencia. Caracter subsanable


- Actor: Edificaciones Urbanas SRL
- Demandado: EDESUR SA
- Objeto: Obtener el reintegro de las sumas erogadas para la construcción civil de una cámara de electroducto
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia que había tenido a la actora por desistida de la acción por falta de acreditación de la personería. La Cámara consideró que si bien la actora acompañó la documentación requerida fuera del plazo fijado, correspondía admitir la subsanación efectuada dado el carácter subsanable de la excepción de falta de personería y que a lo largo del trámite se habían aportado documentos que permitían considerar que la actora contaba con la representación suficiente. Fundamentos:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que los tribunales deben determinar la verdad sustancial por encima de los excesos rituales, dando primacía a la verdad jurídica objetiva.
- Si bien la actora acompañó la documentación requerida fuera del plazo fijado, correspondía admitir la subsanación efectuada dado el carácter subsanable de la excepción de falta de personería y que a lo largo del trámite se habían aportado documentos que permitían considerar que la actora contaba con la representación suficiente.
- La propia actora manifestó que, por un involuntario error, omitió presentar inicialmente el contrato social.

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