TELECOM ARGENTINA SA c/ EN - SECRETARIA DE GOBIERNO DE MODERNIZACION DEPENDIENTE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal redujo los honorarios de las partes demandadas considerando la naturaleza y calidad de la labor realizada.
- Actor: TELECOM ARGENTINA SA
- Demandado: EN
- ENACOM
- Objeto: Regulación de honorarios
- Decisión: La Cámara redujo los honorarios de los letrados de las partes demandadas a la suma de $303.513 (equivalente a 4,2 UMA para cada uno). Se consideró la naturaleza del asunto, el resultado y monto involucrado, así como el mérito, extensión y calidad jurídica de la labor realizada, en lugar de aplicar un porcentaje automático. Se estableció que el importe del IVA integra las costas y debe adicionarse a los honorarios.
Fundamentos relevantes:
"Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito."
"No resulta conveniente tan sólo la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles, en la medida en que las cifras a las que se arriba lleven a una evidente e injustificada desproporción con la obra realizada."
"El valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional."
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