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CIRIELLO, MARIANO c/ EN - ARCA - LEY 20628, 27643, 27430 Y 27743 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

Jubilada impugna retención del Impuesto a las Ganancias de sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativa revoca la denegación de la medida cautelar y ordena a la AFIP abstenerse de descontar el tributo.

Medida cautelar Impuesto a las ganancias Jubilacion Verosimilitud del derecho Accion declarativa de inconstitucionalidad


¿Quién es el actor?

La jubilada Mariano Ciriello

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra los artículos 23, 79, 81 y 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que permiten retener el tributo de los haberes previsionales. Solicitud de medida cautelar para que se suspenda el descuento. La jueza de primera instancia había rechazado la medida cautelar por considerar que no se acreditaba prima facie la arbitrariedad o ilegalidad de la norma impugnada. La Cámara revoca esa decisión y concede la cautelar. Fundamenta que, en esta etapa preliminar, basta acreditar la verosimilitud del derecho invocado, lo cual surge de los precedentes de la Corte Suprema que declararon inconstitucional la retención del Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones y pensiones. Agrega que también se verifica el peligro en la demora, dado el porcentaje del descuento que deteriora progresivamente el patrimonio de la actora. Si bien la regla es que las medidas cautelares suspensivas en materia fiscal deben analizarse con prudencia, por excepción corresponde concederlas cuando están acreditados la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, como en este caso.

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