Unión Cívica Radical S/control De Estado Contable - Balance Ejercicio Finalizado 31-12-2019
La Cámara Nacional Electoral confirma la resolución que desaprobó el balance anual del Partido Unión Cívica Radical de Misiones por incumplimientos en el manejo de los fondos partidarios.
¿Quién es el actor?
Unión Cívica Radical
¿A quién se demanda?
Justicia Federal con Competencia Electoral de Misiones
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apelación contra resolución que desaprobó el balance anual 2019 del partido y dispuso la pérdida de aportes por un año.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional Electoral confirmó la resolución apelada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Constitución Nacional impone a los partidos políticos la obligación de rendir cuentas a la Nación, como principio republicano de dar publicidad a los actos de gobierno.
- La Ley 26.215 establece que los partidos deben presentar anualmente el estado patrimonial y la cuenta de ingresos y egresos, para permitir el control sobre la utilización de recursos públicos.
- En el caso, no se controvirtió que los egresos no fueron canalizados por la cuenta única corriente, sino pagados con fondos fijos, incumpliendo la normativa.
- Esto impide conocer la situación patrimonial y el origen y destino de los fondos partidarios, lo cual no puede ser desvirtuado por los argumentos de los recurrentes.
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