DURAN, MONICA PATRICIA c/ INC S.A. s/DESPIDO
La trabajadora reclamó por despido y accesorios. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia con algunas modificaciones, especialmente en relación a las astreintes y los intereses.
Despido y accesorios
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, con algunas modificaciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el despido indirecto de la trabajadora estuvo justificado, por lo que rechazó el agravio de la demandada sobre este punto. Respecto a la multa del art. 80 LCT, la Cámara confirmó su procedencia, ya que los certificados entregados no reflejaban los datos reales del vínculo. En cuanto a la multa del art. 132 bis LCT, la Cámara la desestimó por aplicación de la ley penal más benigna, al haberse derogado posteriormente esa norma. Sobre el límite a las astreintes, la Cámara lo dejó sin efecto, entendiendo que deben correr hasta el total cumplimiento de la obligación de hacer. Finalmente, en relación a los intereses, se aplicará exclusivamente el CER desde la exigibilidad hasta el pago efectivo.
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