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ZERDA, SERGIO GUADALUPE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes previsionales. La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que ordenó el recálculo del haber inicial y la aplicación de la movilidad jubilatoria.

Costas Jubilacion Movilidad Reajuste Tope Prestacion basica universal Isbic Ley 26.417 Ley 27.426

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Ordenó el recálculo del haber inicial aplicando el índice ISBIC y la aplicación de la ley 26.417 para la movilidad hasta marzo de 2018 y luego la ley 27.426. Difirió para la etapa de liquidación el análisis del recálculo de la Prestación Básica Universal y la constitucionalidad del tope del art. 9 de la ley 24.463. Fundamentos principales:
- Respecto a la actualización de las remuneraciones, la Cámara aplicó el precedente "Elliff" de la CSJN que ordenó la utilización del índice ISBIC.
- En cuanto a la movilidad, confirmó su aplicación según la ley 26.417 hasta marzo de 2018 y luego la ley 27.426, rechazando los planteos de ANSES sobre la aplicación de los decretos de 2020.
- Diferenció el tratamiento de la Prestación Básica Universal y el tope del art. 9 de la ley 24.463 para la etapa de liquidación.
- Confirmó la imposición de costas a la demandada vencida.

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