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GONZALEZ ADIEL ALDO c/ ANSES s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA

El actor, Jefe de Despacho del Poder Judicial, promovió demanda buscando el reconocimiento de su derecho al régimen previsional especial. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de la exigencia de cese definitivo para acceder al beneficio.

Inconstitucionalidad Poder judicial Regimen previsional especial Cese definitivo Jefe de despacho Renuncia condicionada.


- Actor: Adiel Aldo González
- Demandado: ANSES
- Objeto: Acceso al régimen previsional especial de la Ley 24.018 modificada por la Ley 27.546, en su calidad de Jefe de Despacho del Poder Judicial
- Decisión: La Cámara revocó la declaración de abstracción de la cuestión relativa al requisito de cese definitivo, y declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 inc. e) punto 2) del Anexo I de la Resolución 10/2020 de la Secretaría de Seguridad Social, que exigía dicho requisito. Confirmó lo demás decidido en primera instancia. Fundamentos principales:
- La exigencia de cese definitivo para acceder al beneficio no se encontraba originalmente prevista en los regímenes especiales para magistrados y funcionarios judiciales, y su incorporación posterior carece de justificación razonable.
- La prestación previsional tiene carácter sustitutivo de la remuneración, por lo que el cese definitivo podría generar situaciones de desamparo.
- La jurisprudencia y normativa reciente admiten la presentación de renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio, lo que satisface el objetivo de homogeneización con el régimen general.

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