FIGUEROA ANGELA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó el recálculo del haber inicial y la movilidad posterior.
Reajustes varios en el haber jubilatorio
- Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda, ordenando la redeterminación del haber inicial y movilidad posterior.
Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Se debe aplicar el criterio de la CSJN en "Elliff" para la actualización de las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009, y a partir de marzo de 2009 conforme al art. 2 de la ley 26.417.
- La nueva fórmula de movilidad del art. 32 de la ley 24.241, introducida por la ley 27.426, es válida y debe aplicarse a partir del 1/3/2018, no siendo aplicable retroactivamente.
- Se difiere para la etapa de ejecución el tratamiento de los cuestionamientos sobre topes de haberes.
- Se rechaza la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 en relación a los topes, por no haberse acreditado perjuicio concreto.
- Se confirma la prescripción bienal aplicada y la procedencia de la tasa pasiva.
- Respecto a las costas, se establece que serán a cargo de la vencida si surgen sumas a favor del actor, o en el orden causado en caso contrario.
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