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GONZALEZ, JOSE RODOLFO ELEAZAR c/ CPACF (EX 32704/22) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

El letrado presentó recurso directo contra la sanción de multa impuesta por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso.

Sancion disciplinaria Ejercicio de la abogacia Codigo de etica Deber de decoro Caranchos del consumo


- Actor: José Rodolfo Eleazar González, letrado matriculado
- Demandado: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal
- Objeto: Recurso directo contra sanción de multa impuesta por el Tribunal de Disciplina por utilizar expresiones ofensivas ("caranchos del consumo") en la contestación de una demanda
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso directo interpuesto por el letrado. Consideró que las expresiones utilizadas excedieron el marco de la mesura y respeto que debe observarse en el ejercicio profesional, por lo que la sanción impuesta no resulta arbitraria. Fundamentos principales:
- El Tribunal de Disciplina tiene competencia primaria para valorar la conducta del letrado y calificarla como falta ética, limitándose el control judicial a los casos de indefensión o arbitrariedad manifiesta.
- Las expresiones utilizadas por el letrado al contestar la demanda, calificando a los actores como "caranchos del consumo", excedieron el límite del respeto y decoro exigido en el ejercicio profesional.
- La determinación de la sanción de multa impuesta no resulta arbitraria ni desproporcionada, atendiendo a la entidad de la infracción y las circunstancias del caso.

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