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GONZALEZ, MARIA CRISTINA c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL AUXILIAR DE CASAS PARTICULARES (OSPACP) s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió amparo contra la obra social demandada. La Cámara Federal revocó la imposición de costas dispuesta en primera instancia y las impuso a la parte actora.

Obra social Costas procesales Caducidad de instancia Amparo


- Actor: María Cristina GONZALEZ
- Demandado: Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares (OSPACP)
- Objeto: Amparo ley 16.986
- Decisión: La Cámara Federal revocó la imposición de costas dispuesta en primera instancia, imponiéndolas a la parte actora. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- Las costas procesales deben imponerse a la parte vencida de acuerdo al artículo 68 del CPCC, salvo circunstancias excepcionales que justifiquen apartarse de ese principio.
- En el caso, al haberse decretado la caducidad de instancia por inactividad de la actora, corresponde aplicar el último párrafo del artículo 73 del CPCC e imponer las costas a la parte actora.
- No se advirtieron circunstancias excepcionales que justifiquen apartarse de la regla general sobre imposición de costas.

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