BUSO, EVANGELINA VERONICA c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTROS s/DESPIDO
La trabajadora médica reclamó su despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y revocó la responsabilidad solidaria de la obra social demandada.
¿Quién es el actor?
Evangelina Verónica Buso
- Demandados: Zona Oeste Salud S.A., Buenos Aires Servicios de Salud (BASA) S.A. y Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (OSUMRA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que existió una relación laboral subordinada entre la actora y las empresas Zona Oeste Salud S.A. y BASA S.A., pero revocó la responsabilidad solidaria impuesta a la obra social OSUMRA. Modificó el cálculo de intereses de acuerdo a la jurisprudencia vigente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se aplicó la presunción de existencia de contrato de trabajo del art. 23 LCT, al probarse la efectiva prestación de servicios de la actora.
- No correspondía extender la responsabilidad solidaria a la obra social demandada, ya que no se verificaban los supuestos previstos en los arts. 14, 26, 29 y 30 LCT.
- Se dispuso la actualización del crédito conforme al IPC más una tasa de interés pura del 3% anual.
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