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LOBO, LILIANA MARCELA c/ CENTRO DE ESTUDIOS INFECTOLOGICOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido incausado contra su empleadora CEI y la Asociación Civil Cooperadora Hospital Interzonal de Agudos Ezeiza. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena a las demandadas al pago de las indemnizaciones laborales.

Responsabilidad solidaria Indemnizaciones laborales Despido Contrato eventual Multa articulo 80 lct Sobretiempo


- Actor: Liliana Marcela Lobo
- Demandados: Centro de Estudios Infectológicos S.A. (CEI) y Asociación Civil Cooperadora Hospital Interzonal de Agudos Ezeiza Dr. Alberto Eurnekian
- Objeto: Despido incausado
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a las pretensiones indemnizatorias de la actora.
- Fundamentos:
- El artículo 29 de la LCT establece la responsabilidad solidaria de la empresa usuaria y el tercero que proporciona los trabajadores. En el caso, la actora fue contratada por la Asociación pero prestaba servicios para CEI, por lo que ésta debe ser considerada empleadora directa.
- La Asociación no acreditó los requisitos legales para contratar a la actora bajo la modalidad de contrato eventual, por lo que el despido fue incausado.
- Se confirmó la condena al pago de indemnizaciones, SAC y vacaciones proporcionales, así como el trabajo en sobretiempo.
- Se revocó el rechazo de la multa del artículo 80 LCT, por cuanto la actora cumplió con el procedimiento legal.

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