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PRISMA MEDIOS DE PAGO SA c/ EN-M ECONOMIA (EX 119195918/22 - CDIM 83950358/24) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45

La empresa Prisma Medios de Pago SA cuestionó la multa impuesta por incomparecencia injustificada a una audiencia de conciliación. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sanción al considerar acreditada la falta.

Multa Defensa del consumidor Recurso directo Conciliacion Incomparecencia


¿Quién es el actor?

Prisma Medios de Pago SA

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía
- Objeto de la demanda: Cuestionar la multa impuesta por incomparecencia injustificada a una audiencia de conciliación.
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso directo interpuesto por Prisma Medios de Pago SA. Fundamentos principales:
- La sanción tuvo sustento en el incumplimiento del art. 16 de la Ley 26.993, que establece la obligación de justificar la incomparecencia a la audiencia de conciliación en el plazo de 5 días hábiles.
- Las constancias del expediente acreditaron que Prisma fue debidamente notificada de la audiencia y que no presentó justificación alguna por su ausencia.
- El monto de la multa se ajustó a lo establecido en la normativa, por lo que no se advierte arbitrariedad en su determinación.
- Se desestimó la solicitud de apertura a prueba por resultar innecesaria.

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