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RIOS, MARIA BELEN c/ MEDIFE ASOCIACION CIVIL s/DESPIDO

La actora reclamó indemnización por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó la actualización del crédito mediante el índice de precios al consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 3% anual.

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Indemnización por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó los agravios de la actora respecto a la indemnización por despido, pero modificó la sentencia en cuanto a la forma de actualización de los créditos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal consideró que la comunicación de despido fue correctamente dirigida al domicilio declarado por la actora, por lo que no prosperó su argumento de que no tuvo conocimiento del despido.
- Respecto a la actualización de los créditos, el Tribunal declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación, y dispuso que el crédito se actualice por el IPC más una tasa de interés del 3% anual, a fin de preservar el valor adquisitivo del mismo frente a la inflación.

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