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SORIA, FERNANDO ROBERTO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó actualizar el capital con el índice RIPTE y aplicar un interés moratorio puro del 6% anual.

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Prestaciones por accidente de trabajo sufrido el 18/07/2023

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó que Soria presenta una incapacidad física del 10% a causa del accidente. Modificó la forma de actualización del capital, que debe ser por el índice RIPTE, y el interés moratorio, que debe ser del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación. Fundamentos principales:
- La relación de causalidad entre las dolencias y el accidente fue correctamente determinada por la jueza de primera instancia.
- La actualización del capital por RIPTE y el interés moratorio puro del 6% anual son los parámetros correctos según el Decreto 669/2019 que modificó el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo.
- La Resolución SRT 1039/2019 no puede alterar el sentido de la norma superior.

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