DIAZ, MARIA ROBERTA c/ ACC GROUP S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La trabajadora reclamó por despido y créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia confirmando la condena, pero revocando lo referido a los certificados del art. 80 LCT.
Cobro de créditos laborales por despido.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la condena por diferencias salariales correspondientes a jornada completa, pero se revoca la condena por falta de entrega de certificados del art. 80 LCT. Se mantiene la condena solidaria de YPF S.A. por aplicación del art. 30 LCT.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La trabajadora cumplía una jornada de 41 horas semanales, excediendo las 2/3 partes de la jornada máxima legal, por lo que corresponde el pago de remuneración por jornada completa. Si bien los certificados fueron puestos a disposición, no se acreditó que se entregaran los exigidos por el art. 80 LCT. Corresponde la solidaridad de YPF S.A. por tratarse de una actividad complementaria e imprescindible para su giro comercial.
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