MENDOZA GUSTAVO ADOLFO c/ ESPASA S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y dispuso la actualización del crédito laboral mediante el Índice de Precios al Consumidor y la aplicación de una tasa de interés anual.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la forma de cálculo de los intereses. Declaró la inconstitucionalidad de las leyes que prohibían la actualización de los créditos laborales y dispuso que el crédito se actualice mediante el Índice de Precios al Consumidor y devengue un interés anual del 3% desde la exigibilidad y hasta el efectivo pago, descontando lo ya percibido por el actor.
Los fundamentos principales fueron:
- La aplicación de tasas de interés diferenciadas resulta insuficiente para compensar la pérdida de poder adquisitivo de los créditos laborales ante la situación de alta inflación.
- Corresponde preservar el poder adquisitivo de los créditos laborales y alimentarios, evitando que se transformen en sumas ínfimas por el desfasaje inflacionario.
- La prohibición legal de actualización de los créditos laborales es inconstitucional, pues impide cumplir con la función resarcitoria y protectoria del régimen laboral.
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