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BRASINI, GABRIELA LORENA Y OTROS c/ EN-DNM s/EMPLEO PUBLICO

Empleados públicos reclaman por adicional remunerativo; La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma que el adicional debe computarse para el cálculo de vacaciones, cargas sociales y SAC.

Vacaciones Cargas sociales Empleo publico Remuneratividad Sac Adicional por funcion de inspeccion migratoria Prescripcion bienal.

Que el "Adicional por Función de Inspección Migratoria" tenga carácter remunerativo, incluyéndose en el cálculo de vacaciones, cargas sociales y SAC.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, estableciendo que el adicional tiene carácter remunerativo y debe considerarse para el cálculo de esos rubros. Además, ajustó el plazo de prescripción a 2 años.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Cita el precedente "Niz, Cristian Martín y otros c/ EN -DNM s/ EMPLEO PÚBLICO" donde se había establecido el carácter remunerativo del adicional.
- Respecto al planteo de prescripción bienal, la Cámara indica que corresponde hacer lugar dado el allanamiento de la parte actora.
- En cuanto a la inclusión del adicional en el cálculo de vacaciones, la Cámara también confirma lo resuelto en el precedente "Arana Pildain, Pedro María y otro c/ EN
- Ley 24.241
- DNM s/ empleo público".

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