MARTOS, ROBERTO JOAQUIN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, fijando pautas para el cálculo del haber inicial.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Estableció que para la actualización de las remuneraciones deben aplicarse los índices ISBIC hasta febrero de 2009 y luego la Ley 26.417. Diferió el análisis de la aplicación del precedente "Villanustre" para la etapa de ejecución. Confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los topes previstos en la Ley 24.463 y 24.241 si la quita supera el 15% del haber. Rechazó los agravios sobre la retención del Impuesto a las Ganancias y la imposición de costas.
Fundamentos relevantes:
- "Corresponde fijar la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.), y a partir de allí y hasta la fecha de adquisición del derecho, se aplicarán las pautas fijadas por la Ley 26.417, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las actualizaciones de las remuneraciones ya efectuadas hasta la entrada en vigencia de esa ley."
- "Sería procedente declarar la inconstitucionalidad de dichos artículos en la medida que, practicada la liquidación, resulte una quita que supere el porcentaje antes indicado."
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