TRACANNA, ROSANA MARCELA c/ ANSES s/PENSIONES
La actora reclamó el otorgamiento de una pensión, pero la Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y denegó el beneficio por no acreditarse la convivencia pública en aparente matrimonio durante el plazo exigido legalmente.
¿Quién es el actor?
Rosana Marcela Tracanna
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de pensión
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y denegó el beneficio de pensión solicitado, al considerar que si bien se acreditó la relación entre la actora y el causante, no se probó la convivencia pública en aparente matrimonio durante el plazo de 5 años previo al fallecimiento, como exige el art. 53 de la Ley 24.241.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La sola cohabitación pública no basta para acreditar la convivencia en aparente matrimonio por el plazo legal. Se requieren otros medios probatorios como partidas, contratos, documentos de identidad, etc.
- De la prueba aportada no surge que la actora haya convivido con el causante durante los 5 años anteriores al fallecimiento, que es el requisito legal.
- Por ello, corresponde revocar la sentencia de primera instancia y denegar el beneficio de pensión solicitado por no reunir la actora los requisitos exigidos.
- En cuanto a las costas, se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se imponen las costas por su orden, conforme lo establecido por la CSJN en "Morales, Blanca Azucena c/ Anses".
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