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MARTINENA, NATALIA SOLEDAD Y OTRO c/ PEREIRA, NICOLAS Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara declara mal concedidos los recursos de apelación sobre los honorarios de peritos, al no superar el monto mínimo de inapelabilidad.

Accidente de transito Danos y perjuicios Recurso de apelacion Codigo procesal Corte suprema Monto de inapelabilidad


¿Quién es el actor?

MARTINENA, NATALIA SOLEDAD Y OTRO

¿A quién se demanda?

PEREIRA, NICOLAS Y OTROS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente de tránsito con lesiones o muerte

¿Qué se resolvió?

La Cámara declara mal concedidos los recursos de apelación interpuestos, al no superar el monto mínimo de inapelabilidad establecido en $2.100.000 por la Corte Suprema mediante Acordada 10/2024.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara está facultada a efectuar una nueva valoración de los requisitos de admisibilidad y del mérito del recurso.
- Las normas procesales establecen topes mínimos o límites cuya superación es necesaria para acceder a la segunda instancia, a fin de lograr una solución más rápida de los juicios y evitar el desgaste de la administración de justicia.
- Con la ley 26.536 se elevó el monto de inapelabilidad a $20.000, y la Corte Suprema lo adecuó posteriormente a $2.100.000 mediante Acordada 10/2024.
- Los montos involucrados en los recursos de apelación, relativos a honorarios de peritos, son inferiores al mínimo establecido.

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