VILLARRUEL, RODOLFO EMANUEL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por incapacidad laboral contra la ART. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó calcular los intereses del crédito conforme a la tasa CER.
Incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y determinó que los intereses del crédito del actor se calculen conforme a la tasa CER desde la fecha de exigibilidad, dejando a salvo la eventual aplicación de lo dispuesto por el art. 771 del Código Civil y Comercial. Confirmó la sentencia en cuanto a la determinación del IBM y la incapacidad psíquica.
Los fundamentos principales fueron:
- La utilización de la tasa activa para el cálculo de intereses en este tipo de acciones implica una confiscatoriedad del crédito del trabajador.
- La ley 27.348 buscó que las indemnizaciones se actualicen según el índice RIPTE para mantener el poder adquisitivo del trabajador.
- No corresponde receptar un porcentaje de incapacidad psíquica cuando el daño físico es leve, ya que debe existir una proporcionalidad entre ambos.
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