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CABRERA, ALBERTO FEDERICO EN REP. DE SUS HIJOS c/ OSPSIP s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra la obra social demandada por la cobertura de tratamiento quirúrgico de sus hijos. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que hizo lugar a la pretensión del amparista.

Obra social Derecho a la salud Derechos del nino Cobertura medica Amparo


¿Quién es el actor?

Alberto Federico Cabrera, en representación de sus hijos A.I.C. y N.H.C.

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal de Seguridad (OSPSIP)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura de tratamiento quirúrgico de Adenoidectomía y Miringotomía Bilateral para los hijos del actor, conforme lo prescripto por el médico tratante.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo y ordenó a la demandada otorgar la cobertura solicitada. Fundamentos principales:
- El derecho a la salud es un derecho natural preexistente a la legislación positiva y se encuentra garantizado constitucionalmente. Cuando está en juego el derecho a la salud de menores, deben priorizarse los derechos específicos de los niños.
- La actitud omisiva y dilatoria de la obra social demandada frente a los pedidos del actor y la prescripción médica justificada, devienen en una actuación arbitraria e ilegal que amerita hacer lugar al amparo.
- Las obras sociales no pueden evaluar la conveniencia de una prestación médica cuando el profesional tratante la justifica debidamente.

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