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QUIÑONES, LUCAS GABRIEL c/ COMERCIAL QUINCE SA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara Civil regula los honorarios de los letrados y peritos en un incidente posterior a la sentencia de segunda instancia por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.

Accidente de transito Danos y perjuicios Regulacion de honorarios Peritos Ley 27.423

Daños y perjuicios por accidente de tránsito con lesiones
- Decisión: La Cámara Civil adecua de oficio los honorarios regulados en la anterior instancia de conformidad con el resultado obtenido. Regula los honorarios de los letrados de ambas partes, así como los de los peritos intervinientes, en montos y cantidades de UMA específicos.
- Fundamentos: La Cámara considera la liquidación aprobada, el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada, la complejidad y novedad de la cuestión, la responsabilidad y el resultado obtenido, así como la trascendencia económica y moral del asunto, aplicando lo dispuesto en la Ley 27.423 y el valor de la UMA vigente.

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