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BREPPE, JORGE OSVALDO Y OTROS c/ ORGANIZACION COORDINADORA ARGENTINA S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

Trabajadores demandaron a empleadores por despido. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó actualizar el capital de condena según el IPC.

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Despido

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia. Se declara la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación y se ordena actualizar el capital de condena según el IPC desde la exigibilidad del crédito y hasta el pago efectivo, con una tasa de interés pura del 3% anual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La aplicación de las tasas de interés previstas en las Actas CNAT resulta insuficiente para evitar la licuación del crédito laboral ante el proceso inflacionario.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad del artículo 10 de la Ley 23.928 y del artículo 4 de la Ley 25.561 que prohíben la actualización monetaria, a fin de mantener el valor adquisitivo del crédito del trabajador.
- La actualización por IPC con una tasa de interés pura del 3% anual constituye un arbitrio razonable que contempla la realidad económica y los principios de resarcimiento.

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