SERAFINI NICOLAS EMILIO c/ METALURGICA BM S.A. s/DESPIDO
El actor recurrió sentencia que rechazó sus pretensiones indemnizatorias. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la decisión imponiendo las costas por su orden.
Indemnización por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, dejando sin efecto la imposición de costas y ordenándolas por su orden. Confirmó los honorarios regulados a los peritos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Si bien el artículo 68 del CPCCN establece que las costas deben ser soportadas por la parte vencida, el juez puede eximir total o parcialmente al perdedor cuando existen razones que lo justifiquen, como cuando se ha litigado con la convicción fundada de la existencia del derecho invocado o cuando se trata de cuestiones complejas de interpretación normativa.
- En el caso, teniendo en cuenta las particularidades de la cuestión debatida, las constancias de autos y las directivas del artículo 68 del CPCCN, se configura una situación que permite rectificar el temperamento adoptado en primera instancia.
- Los honorarios de los peritos se exhiben equitativos y ajustados a derecho.
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