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IACONO, ADRIANA GRACIELA c/ CPACF (EX. 32836/22) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47

La Dra. Adriana Graciela Iacono fue sancionada por incumplir sus deberes como abogada defensora de oficio. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sanción por entender que su omisión en el cumplimiento de sus obligaciones profesionales configuraba una falta a los valores éticos.

Buena fe Deberes del abogado Ejercicio de la abogacia Lealtad Probidad Disciplina profesional Defensa de oficio.


- Actor: Dra. Adriana Graciela Iacono
- Demandado: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF)
- Objeto: Impugnación de sanción disciplinaria de "Llamado de Atención" impuesta por incumplimiento de deberes como defensora de oficio.
- Decisión: La Cámara confirmó la sanción, considerando que la actitud negligente de la Dra. Iacono al no asumir la defensa encomendada configuraba una falta a los principios de lealtad, probidad y buena fe en el ejercicio profesional. La Cámara señaló que la sanción era razonable y proporcional a la gravedad de la conducta.

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