ASOCIACION MUTUAL FEDERAL DE LOS TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE LA ENERGIA DE LA REP ARGENTINA c/ SUPERINTENDENCIA DE SERVICIO DE LA SALUD DE LA NACION - EX 133570063/23 s/AMPARO POR MORA
La Cámara Contencioso Administrativa Federal reguló los honorarios de los abogados en un proceso de amparo por mora contra la Superintendencia de Servicio de Salud.
La Asociación Mutual Federal de los Trabajadores y Empleados de la Energía de la República Argentina promovió un amparo por mora contra la Superintendencia de Servicio de Salud. La Cámara Contencioso Administrativa Federal, al regular los honorarios de los abogados actuantes, consideró la naturaleza del asunto, lo dispuesto por la Ley de Arancel en cuanto a los honorarios mínimos en los procesos de amparo, así como las características del trabajo realizado. En base a ello, redujo los honorarios a la suma de $424.254, equivalente a 6 UMA, en forma conjunta para las Dras. Franchi y Nibeyro. Asimismo, indicó que el importe del Impuesto al Valor Agregado deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo.
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