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ESCALANTE, GISELA DEL ROSARIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora recurrió la sentencia de primera instancia buscando modificar el método de actualización del crédito y los honorarios regulados. La Cámara acogió parcialmente el recurso, disponiendo la actualización del capital por el índice RIPTE más una tasa del 6% anual sin capitalización e imponiendo nuevas pautas para la regulación de honorarios.

Intereses Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Honorarios profesionales.

La actora, Gisela del Rosario Escalante, promovió demanda contra Provincia ART S.A. reclamando una indemnización derivada de un accidente de trabajo. El juez de primera instancia dispuso la actualización del crédito conforme el decreto 669/19 y reguló los honorarios. Ambas partes recurrieron la sentencia. La Cámara acogió parcialmente el recurso de la actora. Si bien reconoció la invalidez del decreto 669/19, aplicó un sistema de actualización por el índice RIPTE más una tasa de interés del 6% anual sin capitalización, por considerar que es el método que mejor preserva el valor adquisitivo del crédito. Asimismo, dejó sin efecto la regulación de honorarios original y estableció nuevos porcentajes. Los fundamentos principales fueron: i) el decreto 669/19 es inconstitucional por ser una norma de carácter legislativo dictada por el Poder Ejecutivo; ii) en caso de pérdida del valor adquisitivo de la moneda, la justicia obliga a adoptar sistemas de actualización que preserven el poder de compra de los créditos; iii) en ese sentido, la aplicación de RIPTE más 6% anual es el criterio que mejor satisface los principios constitucionales; iv) la capitalización de intereses es incompatible con el sistema valorista adoptado.

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