SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICIENCIA EN BUENOS AIRES c/ EN-M SALUD DE LA NACION- Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma los honorarios de los letrados de la parte actora y reduce los del perito contador.
- Actor: SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICIENCIA EN BUENOS AIRES
- Demandado: EN-M SALUD DE LA NACION y OTRO
- Objeto: Proceso de conocimiento
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios de la dirección y representación letrada de la parte actora, y estableció los honorarios de los letrados que intervinieron en la alzada y en el recurso extraordinario. También redujo los honorarios del perito contador público.
Fundamentos relevantes:
"Teniendo presente la naturaleza, el monto y el resultado del asunto, así como la calidad y la eficacia de la tarea profesional desarrollada en la causa en las etapas cumplidas, SE CONFIRMAN los honorarios de la dirección y representación letrada de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 29 y 44 de la ley 27.423)."
"Atendiendo a pautas análogas a las ya enunciadas en cuanto resulta pertinente, y a la adecuada proporción que los emolumentos de los peritos debe guardar con los de los profesionales de la partes (C.S.J.N, Fallos: 245:139, 260:14, 261:223, 278:58, entre otros), SE REDUCEN los honorarios del perito contador público Lic. NICOLÁS MARTÍN LÓPEZ, en la suma de 108 UMA –equivalentes a $ 7.636.572-(art. 478 del CPCC y Resol. SGA citada)."
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