URBANAR SA c/ EDENOR SA s/EXPROPIACION-SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA
La actora URBANAR SA recurrió la sentencia que reguló los honorarios de sus letrados y del perito. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los montos fijados, considerando la calidad y eficacia de la labor profesional desarrollada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La empresa URBANAR SA promovió una demanda por expropiación y servidumbre administrativa contra la empresa EDENOR SA. En la instancia anterior, se regularon los honorarios de los letrados de la parte actora, Dres. Bernabé García Hamilton y Eduardo René Stordeur, así como los del perito ingeniero civil Ezio Dante Alessi. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó los honorarios regulados en la anterior instancia a los letrados, por un total de 180 UMA (equivalente a $12.727.620) por su labor en las tres etapas cumplidas y la réplica del recurso extraordinario federal. Asimismo, fijó los honorarios del perito en 100 UMA (equivalente a $7.070.900), considerando la naturaleza, calidad y extensión de la tarea profesional cumplida, y la adecuada proporción que la retribución de los auxiliares de la justicia debe guardar con la de los profesionales de las partes. La Cámara destacó que, en caso de que los profesionales acrediten su condición de responsables inscriptos frente al IVA, se deberá adicionar a los emolumentos fijados la alícuota correspondiente a dicho tributo.
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