CAHE ESTEBAN GERARDO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reducción de honorarios de la letrada apoderada de la parte actora en etapa liquidatoria. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirma parcialmente los honorarios regulados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el marco de las actuaciones por personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, la Cámara Contencioso Administrativa Federal resuelve la regulación de honorarios de la letrada apoderada de la parte actora en la etapa liquidatoria. La Cámara consideró que, atendiendo a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia económica de la cuestión en debate, correspondía reducir los honorarios regulados en primera instancia a favor de la Dra. Ana María Sila, letrada apoderada de la parte actora, a la cantidad de 1 U.M.A, equivalentes a $70.709. Esto en aplicación de lo dispuesto en los arts. 16, 19, 20, 21, 29, 44 inc. a, 51 y concordantes de la Ley 27.423, la Resolución SGA N° 936/25 y el art. 33 de la Ley 21.839. Se deja constancia que dicha regulación deberá cancelarse de acuerdo a lo previsto en el art. 51 de la Ley 27.423, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, el cual deberá adicionarse conforme a la situación de la profesional frente a dicho tributo.
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