CABANAS, MARTIN ARIEL c/ BERLESE, GLADYS NOEMI s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y ordenó la liquidación de intereses a una tasa diferenciada.
Daños y perjuicios por accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se modifica parcialmente la sentencia de primera instancia en lo relativo a la tasa de intereses. Se ordena que los intereses se liquiden desde el día del hecho a la tasa del 8% anual hasta la sentencia de primera instancia, y desde allí a la tasa activa del Banco Nación hasta el efectivo pago. Se revoca la imposición de intereses moratorios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara considera que en las obligaciones de valor, como es el caso de la indemnización por daños, corresponde aplicar una tasa de interés pura desde el hecho dañoso hasta la sentencia, y la tasa activa desde allí hasta el pago efectivo, para evitar la doble computación de la desvalorización monetaria.
- Cita jurisprudencia de la propia Cámara y doctrina que avalan este criterio.
- Respecto al límite de cobertura del seguro, la Cámara considera que es innecesario analizarlo dado que el monto de condena no supera el límite invocado por la aseguradora.
- Revoca la imposición de intereses moratorios por considerar que su aplicación anticipada no resulta procedente.
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