CUBAS QUIROGA, MARIA GEORGINA Y OTRO c/ MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION s/AMPARO POR MORA
La letrada Dra. Carsen apeló la providencia que ordenó nueva liquidación de intereses sobre honorarios regulados. La Cámara modificó la decisión de primera instancia y estableció los parámetros correctos para el cálculo de los intereses.
¿Quién es el actor?
Dra. Carsen (por su propio derecho)
¿A quién se demanda?
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Apelación de la providencia que ordenó nueva liquidación de intereses sobre honorarios regulados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación. Estableció que los intereses deben calcularse sobre el monto resultante de convertir los honorarios fijados en UMA al momento de la regulación, aplicando la tasa del 6% anual desde la fecha en que quedó firme la regulación hasta la fecha en que el deudor tuvo a su disposición los fondos. Al resultado se le debe adicionar el monto resultante de establecer el honorario adeudado fijado en UMA conforme al valor vigente a la fecha de pago parcial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El artículo 51 de la Ley 27.423 establece que el pago será definitivo y cancelatorio si se abona la cantidad de moneda de curso legal equivalente a la cantidad de UMA contenidas en la resolución regulatoria, según su valor vigente al momento del pago.
- El artículo 54 admite la procedencia de intereses moratorios en caso de incumplimiento del deudor, los que se habrán de calcular desde la regulación pertinente.
- Calcular los intereses tomando como base el valor de la UMA vigente al momento del pago no sería compatible con lo previsto en el artículo 54, ya que importaría aplicar los intereses en forma retroactiva sobre un capital determinado con posterioridad a la mora.
- Los parámetros fijados por el juez de grado para el cálculo de los intereses, aplicando los sucesivos valores de la UMA, tampoco se ajustan a las disposiciones de la ley de arancel.
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