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BENEFICIARIO: MARTI, MILTON PEDRO s/HABEAS CORPUS

La Cámara Federal de Rosario confirma la incompetencia del Juzgado Federal N°3 para conocer en una acción de hábeas corpus por hechos ocurridos en una unidad penitenciaria provincial

Incompetencia territorial Habeas corpus Juez competente Unidad penitenciaria provincial Ley 23.098

El Dr. Mariano Jorge Cabrerizo, abogado defensor de Milton Pedro Marti, interpuso una acción de hábeas corpus en el Juzgado Federal N°3 de Rosario por presuntos malos tratos sufridos por su defendido en la Unidad 1 de Coronda del Servicio Penitenciario Provincial de Santa Fe. El Juez a quo declaró su incompetencia territorial para entender en la acción y elevó las actuaciones en consulta a la Cámara Federal de Rosario. La Cámara confirmó la decisión del Juez de primera instancia, considerando que los hechos denunciados habrían ocurrido en una unidad carcelaria provincial, por lo que la competencia corresponde al juez con jurisdicción sobre ese establecimiento, en aplicación del art. 8 inc. 2 de la Ley 23.098. Destacó además que el Juez de Garantías que intervino en la causa había ordenado medidas urgentes para resguardar la integridad física del detenido.

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