SABATINI JOSE ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó la revisión de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.426 sobre movilidad jubilatoria.
Revisión del haber previsional y movilidad
¿Qué se resolvió?
- Se difiere el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución.
- Se deja sin efecto la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 sobre movilidad.
- Se confirma lo resuelto sobre costas, estableciéndolas a la vencida si surgen sumas a favor del actor, o en el orden causado en caso contrario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- En cuanto a la movilidad, la nueva fórmula de la ley 27.426 guarda analogía con pautas adoptadas previamente por el tribunal para preservar el carácter "alimentario" y "sustitutivo" de las prestaciones.
- La ley 27.426 se aplica a las consecuencias de relaciones y situaciones jurídicas existentes, por lo que no se acredita una quita en el monto del haber por la nueva fórmula.
- Respecto al impuesto a las ganancias, corresponde declarar su inaplicabilidad conforme jurisprudencia de la CSJN.
- Las costas se establecen según lo normado en el art. 36 de la ley 27.423 y arts. 68 a 77 del CPCCN.
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