CHIESA, JUAN ALBERTO c/ EN - M SEGURIDAD - PSA - DTO 836/08 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El tribunal fijó los honorarios del letrado de la parte actora por el trabajo realizado en la alzada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En este incidente, la Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala V debía determinar los honorarios del Dr. Alfredo Humberto Olmos, en su doble carácter de letrado patrocinante y apoderado de la parte actora, por el trabajo realizado en la alzada.
La Cámara consideró que, teniendo en cuenta la naturaleza del juicio, la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio, correspondía fijar los honorarios del Dr. Olmos en la suma de 10 UMAs (equivalentes a $689.850 al momento de la decisión), de conformidad con lo establecido en los arts. 16, 20, 21, 30 y concordantes de la Ley 27.423 y la Resolución SGA 580/2025 de la CSJN.
Asimismo, aclaró que dicho monto no incluía el Impuesto al Valor Agregado, el cual debería ser depositado por la obligada junto con el pago de los honorarios, en caso de que el beneficiario acreditara su condición de responsable inscripto en dicho tributo.
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