O., J. c/ ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD s/AFILIACIONES
El actor promovió acción de amparo contra la empresa de medicina prepaga por la rescisión unilateral del contrato de afiliación. La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia y ordenó la reafiliación del actor en las mismas condiciones que tenía al momento de la baja.
Orden de reafiliación y cobertura de tratamiento de Hidradenitis Supurativa
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó la reafiliación del actor en las mismas condiciones que tenía al momento de la baja, dejando sin efecto la imposición de costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El diagnóstico de la enfermedad "Hidradenitis Supurativa" es posterior a la afiliación, por lo que no puede considerarse que el actor haya actuado de mala fe al completar la declaración jurada.
- La demandada tenía la facultad de realizar estudios médicos y constatar los antecedentes del actor, pero no lo hizo, por lo que no puede invocar el falseamiento de la declaración jurada para rescindir el contrato.
- El derecho a la salud es un derecho fundamental, por lo que debe interpretarse de manera amplia en favor del actor, considerando la función social de los contratos de medicina prepaga.
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